• Portugal restringe la circulación de vehículos en todo el país salvo excepciones, entre las que se encuentra el transporte de mercancías por carretera pero estableciendo fronteras de cruce limitadas para los camiones.

 

  • Asimismo se derogan parcialmente los tiempos de conducción y descanso, y se recomienda llevar una Declaración de Extranjeros

 

Ante la situación de emergencia sanitaria de carácter global ocasionada por el coronavirus, el Gobierno de Portugal, en la línea seguida por la gran mayoría de países europeos, procedió a declarar el pasado 18 de marzo de 2020 el Estado de Alarma en todo su territorio nacional, adoptando un conjunto de medidas para evitar la propagación del virus, tales como el confinamiento y suspensión de actividades económicas y docentes no esenciales o el cierre de fronteras aéreas y marítimas con determinadas excepciones.

 

Sin embargo, las autoridades portuguesas siguiendo las directrices de la Unión Europea y en términos semejantes a otros países europeos, ha procedido a reconocer al transporte de mercancías por carretera como un servicio esencial, básico para garantizar el abastecimiento de bienes y servicios para los ciudadanos y para las actividades fundamentales en el ámbito sanitario y asistencial. Por su carácter esencial, y al objeto de garantizar la continuidad del transporte, las autoridades portuguesas han establecido una serie de medidas aplicables al transporte por carretera.

 

Según la información facilitada por nuestra asociación confederada en Portugal ANTP, en relación a la prohibición generalizada de circulación de vehículos por carretera en las fronteras terrestres internas, se exceptúan las siguientes actividades y movimientos:

 

  • Transporte Internacional de Mercancías.
  • Transporte Internacional de Mercancías por Carretera.
  • Transporte de Trabajadores Transfronterizos.
  • Circulación de vehículos de emergencia y socoro.
  • Servicios de emergencia.

 

Asimismo, para ordenar de forma adecuada el transporte internacional y garantizar el adecuado control de acceso a través de frontera, las autoridades portuguesas han establecido entre el 16 de marzo de 2020 y las 12 horas del día 15 de abril de 2020, un numero limitado de puntos autorizados de cruce de la frontera terrestre.

En relación al cruce de fronteras, las autoridades portuguesas podrán introducir controles de salud y solicitar que se cumplimente una Declaración de Salud conforme al modelo establecido por las autoridades competentes, denominado “Declaración-Cuestionario del Servicio de Extranjeros y Fronteras”, cuya cumplimentación por ahora no es obligatoria pero sí recomendable.

Por otra parte y al objeto de facilitar la circulación de bienes transportados por carretera, el Gobierno portugués ha comunicado a la Comisión Europea la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso, quedando eliminado el límite de conducción diaria y el descanso semanal entre el 23 de marzo de 2020 y el 6 de abril de 2020, ambos incluidos.

Desde FENADISMER se continúa manteniendo un contacto permanente con su asociación confederada en Portugal, para informar de cualquier novedad respecto a la evolución de las medidas de emergencia establecidas por el Gobierno luso en lo relativo al transporte internacional por carretera.

 

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