Fenadismer denuncia que la falta de competencia real en el sector de los carburantes genera un sobrecoste para los transportistas de 1.000 millones de euros anuales.

Fenadismer insta a la Comisión  Nacional de la Competencia que aplique sanciones ejemplarizantes contra las petroleras por prácticas restrictivas de la competencia.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transportistas de España (FENADISMER), organización de ámbito nacional que agrupa a 32.000 empresas transportistas, ha solicitado formalmente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que aplique sanciones ejemplarizantes contra las compañías petrolíferas en los expedientes de investigación que tramita dicho organismo por prácticas restrictivas de la competencia y de fijación de precios en la venta de carburantes en España.

Como se recordará en el anterior expediente sancionador iniciado en el año 2008, y en el que FENADISMER estuvo personada en representación de los intereses del colectivo de transportistas, la Comisión Nacional de la Competencia impuso sanciones a las 3 principales compañías petrolíferas (Repsol, Cepsa y BP) absolutamente insuficientes ya que en su total la cuantía de la multa no superó los 8 millones de euros, pese a que el volumen de facturación anual sólo en el caso de Repsol superaba los 60.000 millones de euros. Y ello pese a que la Comisión Nacional había acreditado la falta real de competencia en el sector y la fijación por parte de las petroleras del precio de venta al público de los carburantes.

Sin embargo, durante estos últimos años, FENADISMER ha venido detectando que dicha situación restrictiva de la competencia se ha agravado más aún: así en una comparativa entre Junio de 2008, coincidiendo con los precios máximos de los carburantes a nivel internacional, lo que motivó la convocatoria por FENADISMER de un Paro Nacional del sector del Transporte por Carretera, y el mes de Octubre del presente año, lejos de reducirse los márgenes por el contrario se han incrementado de forma alarmante, lo que ha traído como consecuencia que la importante reducción en el precio del crudo internacional apenas se ha trasladado al precio final de los carburantes, como a continuación se puede observar:

Precio barril Brent            Precio litro barril             Precio gasóleo surtidor

Junio 2008         85’13 euros                 0’53 euros                           1’29 euros

Octubre 2014     68’88                          0’43 euros                           1’28 euros

Diferencia      -16’25                         -0’10 euros                         -0’01 euros

Esto es, pese a existir una diferencia de 10 céntimos por litro en el barril de crudo Brent en el mercado internacional, sin embargo en el surtidor la bajada ha sido sólo de 1 céntimo, es decir, se ha dejado de trasladar 9 céntimos de bajada en el precio de venta al público del gasóleo en las estaciones de servicio.

Ello trae como consecuencia para el sector del transporte de mercancías por carretera, conformado por 103.000 empresas transportistas es España, un sobrecoste anual en la facturación del carburante en torno a 1.000 millones de euros, teniendo en cuenta que según los datos oficiales el transporte de mercancías por carretera (camiones y furgonetas) consumen anualmente más de 10’5 millones de litros de gasóleo A, lo que representa el 51% del total del gasóleo de automoción consumido en España.

En prueba de dicha situación de falta de competencia real en el sector de los hidrocarburos en nuestro país, el último informe mensual sobre evolución de los precios de los carburantes correspondiente al mes de Octubre publicado por el Ministerio de Industria pone de relieve que España es el 7º país con el precio sin impuestos del gasóleo de automoción más caro de los 28 países de la Unión Europea, destacando la diferencia en más de 7 céntimos por litro en el precio existente entre nuestro país y Francia.

Por ello, FENADISMER ha solicitado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que, en relación a los expedientes abiertos contra las petroleras en Julio de 2013 y que actualmente se encuentran en fase de redacción de la propuesta de resolución, y en la que nuestra federación se encuentra personada, o bien mediante la instrucción de un nuevo expediente sancionador ad hoc, que proceda a aplicar las sanciones máximas que prevé la vigente Ley de Defensa de la Competencia, en concreto la imposición de una multa por infracción muy grave de hasta el 10 por ciento de volumen de negocios de las empresas infractoras en el año anterior al de imposición de las citadas sanciones.

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