• La nueva Directiva europea sobre permisos de conducir clarifica las edades mínimas para conducir camiones y autobuses, lo que obligará a modificar el actual Reglamento General de Conductores en España.

 

  • La edad mínima se establece en 18 años para conducir camiones y 21 años para conducir autobuses.

En el Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 2 de mayo se ha publicado la nueva Directiva europea 2018/645 por la que se modifican diferentes cuestiones relativas a la formación obligatoria de los conductores profesionales (lo que se denomina coloquialmente CAP) así como se clarifican las edades mínimas para la obtención de los permisos de conducir para camiones y autobuses, lo que obligará a España a modificar el Reglamento General de Conductores para adecuarlo a la nueva regulación europea, en lo que en la actualidad ya está trabajando la Dirección General De Tráfico para su próxima aprobación, pese a que la Directiva establece un plazo máximo de adaptación de hasta dos años.

De esta forma, España ajustará las edades mínimas exigidas para la conducción de camiones y autobuses a las establecidas desde hace muchos años en la práctica totalidad de los países de la Unión Europea, lo que había resultado una demanda histórica de las asociaciones de transportistas, ya que colocaba a nuestro país en una situación de desventaja frente a otros países en lo relativo al acceso de nuevos profesionales al sector, lo que además resultaba chocante al ocupar España el segundo lugar en el ranking de desempleo juvenil en la UE.

La nueva Directiva europea regula de forma clara las edades mínimas para la obtención de las distintas clases de permisos de conducción, con objeto de solventar las posibles incoherencias que pudieran existir entre la Directiva relativa a la formación de los conductores profesionales (2003/59/CE) y la Directiva sobre el permiso de conducción (2006/126/CE).Así, en su exposición de motivos señala claramente que su objetivo es “garantizar una aplicación armonizada de las edades mínimas a escala de la UE”.

De este modo, una vez que sea aprobado en España el nuevo Reglamento General de Conductores, las edades mínimas para la obtención de los permisos de conducción para camiones y autobuses quedarán del siguiente modo:

— la edad mínima para las categorías C1 y C1E: 18 años.

— la edad mínima para las categorías C y CE: 18 años (condicionado a CAP inicial ordinario).

— la edad mínima para las categorías D1 y D1E: 18 años.

— la edad mínima para las categorías D y DE: 21 años (condicionado a CAP inicial ordinario).

En todo caso, debe recordarse que para la conducción de dichos vehículos, se deberá obtener asimismo el correspondiente Certificado de Aptitud Profesional (CAP) en su modalidad ordinaria o acelerada, según los casos.

Por otra parte, la nueva Directiva también establece que el permiso de la clase B habilitará para conducir vehículos de transporte de mayor tonelaje al actualmente establecido, siempre que estén propulsados por combustibles alternativos, permitiendo en este caso que la masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg pero sin que exceda de 4.250 kg. Para ello el titular del permiso B deberá haber obtenido el permiso B al menos dos años antes de conducir este tipo de vehículos.