• Fenadismer considera inaceptable que el Gobierno catalán no haya incluido expresamente en el Decreto ley de medidas urgentes para hacer frente al covid-19 la inclusión expresa del sector del transporte de mercancías por carretera como sector esencial, pese a mover el 85% de las mercancías en España.

 

  • En todo caso Fenadismer confía en que no se establezca restricción alguna a la actividad del transporte por carretera para garantizar el abastecimiento de mercancías en aquellos territorios catalanes a los que se les aplique medidas confinatorias por la pandemia.

 

 

FENADISMER desea públicamente manifestar su sorpresa y malestar por no haberse incluido al transporte de mercancías por carretera en la relación de actividades declaradas esenciales recogidas en el Decreto Ley 27/2020, de 13 de julio, de adopción de medidas urgentes para hacer frente al riesgo de brotes de la COVID-19 que fue aprobado este martes por el Gobierno de Cataluña y que ha sido publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Generalitat.

 

La inclusión del transporte público de viajeros, junto a un importante número de otras actividades económicas, en la relación de actividades declaradas esenciales y la no mención al transporte de mercancías supone una prueba más de la poca consideración que los poderes públicos tiene hacia un sector tan esencial, que representa más del 5% del Producto Interior Bruto, y que sólo en la Comunidad Autónoma de Cataluña lo conforman 19.000 empresas de transporte público de mercancías por carretera, en su mayoría pequeñas y medianas empresas, que con su actividad permiten garantizar un abastecimiento adecuado de mercancías tanto a la población en general como al resto de actividades económicas y productivas, como así ha quedado demostrado de forma evidente en los últimos meses.

 

En todo caso, ante la posibilidad de que el Gobierno catalán declare el confinamiento de algunas áreas territoriales en la Comunidad Autónoma, , FENADISMER confía en que las medidas que incluyera tal declaración no afectarán a la circulación de los vehículos de transporte de mercancías, de modo análogo a como se exceptuó en su día a nivel nacional por la declaración del estado de alarma, teniendo en cuenta que el sector del transporte por carretera en España mueve en su conjunto el 85% de las mercancías.

 

 

 

 

 

 

Temáticas: