El Gobierno italiano estudia ampliar la aplicación del salario mínimo a los conductores extranjeros también al transporte internacional.

El Decreto legislativo aprobado en Julio, pendiente de desarrollo normativo, sólo contemplaba aplicarlo al transporte de cabotaje.

Coincidiendo con la reunión celebrada este jueves en la sede del Ministerio de Transporte italiano entre representantes del Gobierno italiano y las principales asociaciones de transporte italianas, una delegación de FENADISMER se ha desplazado a Roma para conocer de primera mano la próxima aplicación de la normativa italiana que transpone la Directiva europea sobre desplazamiento de los trabajadores, que es de aplicación al sector del transporte por carretera.

Como se recordará, el pasado mes de Julio el Gobierno italiano aprobó el Decreto Legislativo nº 136 de 17 de Julio de 2016, estableciendo la obligación de que los conductores profesionales que se desplacen a territorio italiano cubran al menos el salario mínimo establecido en Italia, de modo similar a lo que se establece en la normativa francesa y alemana. La normativa italiana establece una serie de obligaciones a la empresa transportista cuyos vehículos se desplacen a Italia, básicamente las siguientes:

 

  • Notificar al Ministerio de Trabajo italiano una comunicación de desplazamiento previo a la realización del viaje.
  • Designar un representante en territorio italiano a efectos de control del cumplimiento de la legislación laboral.

Dicha regulación normativa se encuentra en la actualidad pendiente de desarrollo normativo, al no haberse aún publicado el modelo de comunicación de desplazamiento así como el procedimiento de gestión y control por parte de las autoridades laborales italianas.

Respecto al ámbito de aplicación, si bien el Decreto legislativo limitaba inicialmente su aplicación al transporte de cabotaje, sin embargo FENADISMER ha tenido conocimiento de que el Gobierno italiano está estudiando la posibilidad de ampliar su ámbito también al transporte internacional, de modo análogo a lo establecido en la regulación francesa y alemana, como consecuencia de la demanda unánime de las asociaciones italianas de transportistas, ante la fuerte competencia que sufren de las empresas procedentes de terceros países, lo que ha supuesto que la flota italiana en la actualidad sólo realice el 9% del transporte internacional con origen o destino en dicho país.

Por su parte, FENADISMER continúa reclamando de forma insistente la necesidad de transponer en nuestro ordenamiento jurídico la Directiva europea sobre desplazamiento de los trabajadores, cuya fecha límite de transposición vencía el pasado mes de Julio, que permita controlar la situación de competencia desleal que atraviesa nuestro sector, fundamentalmente por la deslocalización de las grandes empresas de transporte de nuestro país hacia otros Estados de la UE con menores costes de explotación de la actividad. Por ello, FENADISMER espera que el próximo Gobierno promueva dicha regulación con carácter inmediato en defensa de los intereses del actual tejido empresarial español, conformado fundamentalmente por pequeñas y medianas empresas.