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Euroviñeta en España El Gobierno español confirma a las asociaciones de transportistas que ananliza el posible establecimiento de una tasa por el uso de las carreteras. Ampliar...


Fenadismer solicita al Gobierno que apoye la modificación de la Directiva de tiempos de trabajo Fenadismer solicita al Gobierno español que apoye la modificación de la Directiva de tiempos de trabajo para excluir a los autónomos. Otros 6 Estados europeos han instado a la Comisión Europea que promueva dicha modificación ante las negativas consecuencias económicas para los transportistas autónomos.  Ampliar...


Según un estudio de una Aseguradora alemana el tacógrafo digital aumenta el estrés Según un estudio de una Aseguradora alemana el tacógrafo digital aumenta el estrés.Los camiones equipados con tacógrafo digital están más implicados en accidentes que los equipados con tacógrafo analógico.  Ampliar...


Fenadismer amplía su queja formal ante el Defensor del Pueblo Vasco por la política de acoso fiscal Fenadismer amplía su queja formal ante el Defensor del Pueblo Vasco por la política de acoso fiscal de la Diputación de Vizcaya contra los empresarios autónomos del sector del transporte por carretera. En Mayo Fenadismer denunció la misma actuación de la Diputación de Guipúzcoa contra cientos de transportistas que estaban siendo inspeccionados arbitrariamente y obligados a tributar por un régimen diferente lo que obligaría a cerrar sus empresas.    Ampliar...


La nueva prestación por desempleo para autónomos entrará en vigor en Noviembre. La nueva prestación por desempleo para autónomos entrará en vigor en Noviembre. Los autónomos que deseen acogerse deberán cotizar por accidente de trabajo y enfermedad profesional, lo que supondrá unos 13 euros más al mes.  Ampliar...


Modificaciones en el Código de Circulación italiano
Italia aprueba la modificación del código de la circulación con novedades que afectan a los transportistas europeos no residentes en Italia.
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Continua el caos en la aplicación de tasas en Portugal
Continúa el caos absoluto con la puesta en marcha este mes de Agosto de la tasa portuguesa por el uso de las autovías.
FENADISMER y la asociación portuguesa A.N.T.P. harán frente común ante las iniciativas de los gobiernos portugués y español de establecer la euroviñeta en ambos países.
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Entrega donación Fenadismer víctimas Haití
El Presidente de FENADISMER hace entrega de la donación benéfica a la Congregación de las Hijas de la Caridad.
El importe recaudado se destinará íntegramente a las víctimas del terremoto de Haití.

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Interior premiará a los agentes de tráfico que más multas pongan
FENADISMER considera una gravísima vulneración del Estado de derecho la decisión del Ministerio de Interior de premiar a los agentes de tráfico que multen a más transportistas.
En el año 2009 los transportistas españoles abonaron más de 154 millones de euros en concepto de multas de transporte.

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Caos ante la decisión de aplicar nuevos peajes en Portugal
Portugal pretende exigir desde el 1 de Agosto una tasa a todos los conductores portugueses y extranjeros por utilizar las actuales autovías gratuitas. FENADISMER pide amparo al Ministerio de Asuntos Exteriores por el “caos” que va a ocasionar a los transportistas y turistas españoles.
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Entra en vigor la reforma de la Ley de morosidad Imprimir Correo electrónico
Escrito por FENADISMER   
miércoles, 07 julio 2010
Este miércoles 7 de Julio entra en vigor la reforma de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
A partir de 2013 los pagos deberán realizarse en un plazo máximo de 60 días.  

Este miércoles 7 de julio entra en vigor la Ley 15/2010 de 5 de julio de modificación de la Ley 3/2004  por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Ante las numerosas situaciones de impago y retrasos en los pagos que se vienen produciendo como consecuencia de la crisis económica que afecta en especial a las pequeñas y medianas empresas, la modificación de la Ley de Morosidad introduce importantes novedades con el objetivo de corregir estos problemas, así como favorecer una mayor competitividad de las empresas.

Esta nueva regulación, se aplicará a todos los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigor, hoy día 7 de julio.

Las principales novedades de esta Ley, son las siguientes:

1.
A partir de 2013, el plazo máximo de pago entre empresas será de 60 días desde la fecha de prestación de los servicios o recepción de las mercancías. Como importante novedad y a efectos de evitar prácticas abusivas, estos plazos de pago en ningún caso podrán ser ampliados por pacto o acuerdo entre las partes.

2.

2.
En el caso de contratación con la Administración, a partir de 2013 el plazo máximo de pago será de 30 días. Hasta esa fecha, se contempla un periodo transitorio con los siguientes plazos: lo que resta del año 2010, 55 días;  durante el año 2011, 50 días y durante el año 2012, 40 días. 

3. Para facilitar estos plazos de pago de la Administración, el Gobierno aprobará en el plazo de 30 días, a través del ICO, una Línea de crédito ICO-morosidad Entes Locales.

4. Ante el retraso en el pago, se contempla expresamente el derecho a reclamar al deudor una indemnización por los costes de cobro que se hubieran sufrido con un límite de un 15% de la deuda si ésta supera los 30.000 €; en caso contrario, el límite será el propio importe de la deuda.

Junto a esta indemnización, se mantiene el derecho a reclamar también el interés de demora que se hubiera pactado o, en su defecto, el interés del Banco Central Europeo más siete puntos.

5. Se establece que serán consideradas nulas las cláusulas pactadas entre las partes que pretendan modificar los plazos de pago y los tipos de interés de demora señalados por la Ley. Por ello, los plazos y los tipos de interés ante los retrasos en el pago señalados en la Ley, son de obligado cumplimiento.

6. Se faculta a las asociaciones o federaciones de empresarios, profesionales y autónomos, entre otras, a denunciar las prácticas abusivas en nombre de sus asociados.

7. Se contempla el denominado deber de información, por lo que se establece para las sociedades la obligación de publicar de forma expresa las informaciones sobre los plazos de pago a sus proveedores, en la Memoria de sus Cuentas anuales.


Ultima actualización ( miércoles, 07 julio 2010 )
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