• El Informe destaca la excesiva exposición de la empresa a inversiones inmobiliarias pese a tratarse de una empresa de transporte, ocasionando un importante quebranto.

 

  • Asimismo pone de relieve el crédito no justificado por importe de 13’7 millones de euros otorgado en favor del socio y administrador de Transportes Souto.

Como se recordará, el pasado mes de Febrero la compañía de transportes y distribución de paquetería industrial Transportes Martínez Souto S.L. cesó en la prestación de servicios a sus clientes, lo que afectó a los más de 700 transportistas que de forma habitual trabajaban para dicho Operador Logístico, acumulando faltas de cobro de hasta 6 meses de facturación de sus servicios.

 

Ello obligó a la tramitación del correspondiente concurso de acreedores ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Pontevedra, comprobándose que la deuda acumulada con sus acreedores supera los 70 millones de euros.

 

En este sentido, el Juzgado ha publicado mediante Providencia del pasado 5 de Septiembre el Informe Provisional de la Administración concursal, acompañado del inventario de bienes y derechos, en el que se expone de forma detallada los datos y circunstancias expresadas por la empresa deudora, el estado de su contabilidad, la memoria de las principales decisiones y actuaciones concursales así como una exposición motivada acerca de la situación patrimonial de la empresa y de los datos relevantes para la ulterior tramitación del concurso.

 

En el citado Informe, el Administrador concursal pone de relieve la excesiva exposición de la empresa a inversiones inmobiliarias. Así por lo que se refiere a los alquileres de alguna de las naves donde realizaba sus operaciones, las rentas mensuales no pueden “considerarse importes ajustados a mercado”. También llama la atención sobre el hecho de que la empresa concursada “haya invertido el dinero generado con su actividad principal (transporte de mercancías) no en la actividad que forma parte de su objeto social, sino en el sector inmobiliario”, habiéndose producido un deterioro de activos inmobiliarios por un importe cercano a los 6 millones de euros que lleva a cabo la empresa contablemente a finales de 2014, lo que ocasiona “un importante quebranto”.

 

            Asimismo, el informe destaca la situación acreedora que Souto mantiene con entidades vinculadas a la propia empresa por un importe acumulado superior a los 3’5 millones de euros. Pero sin duda, lo más destacable en este aspecto, son las inversiones financieras a corto plazo realizado “compuesta casi íntegramente por un crédito a favor del socio y administrador D. Jesús Martínez Souto que alcanza los 13.776.131,16 euros” sin que hasta la fecha la Administración concursal haya obtenido su justificación y soporte documental pese a haberlo solicitado, ante lo cual en el Informe se indica no entender “el propósito de tal operación ni mucho menos el beneficio obtenido para la compañía”.

 

            De lo anterior, el Informe pone de relieve “que en los últimos ejercicios han salido recursos de la compañía por importe próximo a los 20 millones de euros a favor de partes y entidades vinculadas con una muy remota posibilidad de retorno para Transportes Martínez Souto S.L., lo que a juicio de esta parte también puede haber influido notablemente en la causa del estado actual de insolvencia”.

 

            Asimismo, la Administración concursal manifiesta su sorpresa por la paralización “repentina y radical” de la actividad de la compañía que se llevó a cabo a mediados de Febrero de 2018, que a su entender se realizó “de forma absolutamente precipitada, sin la planificación y coordinación que le correspondería a una empresa de esta dimensión”, teniendo en cuenta que la cifra de negocios de Transportes Souto en 2017 era superior a los 77 millones de euros. Así considera incomprensible e injustificado que no hubiese iniciado un expediente de regulación de empleo de la plantilla previo a la declaración de concurso “teniendo en cuenta que muchos de los trabajadores llevaban sin cobrar la paga extra de Navidad de 2017”. Tal falta de diligencia ha provocado que los trabajadores alargaran innecesariamente su relación laboral “incrementando de forma importante sus deudas salariales contra la masa”, teniendo en cuenta que la nómina mensual de la compañía superaba los 800.000 euros mensuales.

 

En este sentido, la Administración concursal considera “inadmisible” que una empresa con un volumen de negocio tan importante, hubiera concedido permiso a todo el personal afecto a los departamentos administrativos, contables y financieros, a excepción de una única persona, lo que “no sólo supone una absoluta insuficiencia de medios materiales y humanos, sino que ha dificultado tanto conocer la situación contable y financiera de la compañía como la tramitación del procedimiento”.

 

            Respecto a la liquidez de la empresa, la empresa mantuvo una situación de liquidez corriente positiva en los ejercicios 2015 y 2016, invirtiéndose esta situación en 2017 motivado principalmente “por las inversiones financieras a corto plazo entre las que se incluye el préstamo a uno de los socios y administrador por importe de 13 millones de euros”.

 

            Todo lo anterior lleva al Administrador concursal a realizar un “juicio crítico sobre las cuentas anuales y los estados financieros” de la empresa, haciendo mención especial sobre algunos aspectos contables de Souto, entre otros, su absoluta falta de recursos y el estado general de la contabilidad, que se tradujo en “un abandono de sus obligaciones contables y fiscales”. Así a título de anécdota se refiere al escaso control sobre los elementos de transporte (gabarras, camiones, carretillas y transpalets) “que no es propio de una empresa de esta dimensión”, o el hecho de que sobre alguno de los camiones existían varias cargas hipotecarias (hasta 5 en algún caso) de deudas canceladas y pendientes del correspondiente alzamiento registral.

 

Una vez presentado el Informe Provisional y tras concluirse la fase común del concurso, se procederá a la apertura de la fase de liquidación en la que el Administrador concursal hará el informe definitivo y propondrá la calificación del concurso de acreedores.