• El pasado mes de Febrero las asociaciones de transportistas solicitaron al Director General de Tráfico flexibilizar las nuevas restricciones a camiones aprobadas para este año 2020 en la AP-1 y N-1 en Burgos los fines de semana para no perjudicar las exportaciones españoles

 

  • La DGT accede finalmente a dicha petición aunque parcialmente, ya que mantendrá exclusivamente la restricción los tres últimos Domingos del mes de Agosto, cuando se prevé una mayor intensidad de vehículos particulares.

 

Como se informó en su día, FENADISMER y otras asociaciones del sector mantuvieron el pasado mes de Febrero una reunión con los Directores Generales de Tráfico y de Transportes Terrestres, en la que sus representantes expusieron los principales inconvenientes y  perjuicios que ocasionarían algunas de las nuevas restricciones a camiones introducidas por la DGT para este año 2020, las cuales generaron un gran malestar en el sector del transporte por carretera.

 

Así, entre las más polémicas, destaca la nueva prohibición todos los domingos del verano y otros festivos a la circulación en la AP-1 y N-1 en Burgos de todos los camiones que se dirijan desde el centro de la península hacia el País Vasco y la frontera de Irún, como consecuencia del importante incremento en más de un 24% de la circulación de vehículos en la autopista tras la eliminación el peaje el pasado año, aunque dichos datos se refieren a la circulación en dicha vía en el año 2019.

 

Por tanto, teniendo en cuenta que la circulación previsible para este verano de vehículos particulares se reducirá sensiblemente como consecuencia de la crisis sanitaria, atendiendo a las demandas del sector,  la DGT ha decidido finalmente levantar excepcionalmente las restricciones a la circulación para el transporte de mercancías en general todos los Domingos y Festivos comprendidos entre el 3 de julio y el 13 de septiembre, manteniéndolas  exclusivamente en el mes de Agosto, en concreto los Domingos 16, 23 y 30 de dicho mes, en los que la restricción a la circulación de camiones se producirá entre las  16 y las 21 horas

 

En todo caso, el levantamiento de las restricciones en dichas carreteras no afecta a las mercancías peligrosas cuando el vehículo supere los 7.500 kgs de MMA  ni a los vehículos que precisen autorización complementaria ni vehículos especiales, para los cuales se mantienen las restricciones previstas en Domingos y Días Festivos durante el período estival, como establece la Resolución anual de la DGT

 

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